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En un crédito hipotecario, buena parte de las primeras cuotas se destina a intereses y muy poco al capital. Por eso puedes llevar años pagando y ver que el saldo casi no baja.
Cuando haces un abono adicional, tienes derecho a decidir si ese dinero se aplica a capital reduciendo el plazo del crédito o reduciendo el valor de la cuota. Son dos caminos distintos y el resultado financiero no es el mismo: la reducción de plazo es la que acorta el crédito y disminuye los intereses que terminarás pagando.
Muchas entidades aplican por defecto la reducción de cuota si el deudor no lo indica expresamente.
No. El crédito sigue con la misma entidad y en las mismas condiciones pactadas.
La normativa de vivienda reconoce al deudor la facultad de hacer pagos anticipados sobre créditos de vivienda a largo plazo. En la asesoría revisamos las condiciones específicas de tu crédito.
Desde el primer abono correctamente aplicado. Lo verificas en tu propio extracto.
Ese es justamente el error más común y parte de lo que verificamos. Si ocurre, gestionamos la corrección.
Este acompañamiento está diseñado para personas con crédito hipotecario vigente y con capacidad de destinar dinero adicional al pago de su crédito. Si hoy no tienes margen para abonar por encima de tu cuota, este servicio no te va a servir y te lo diremos en la primera asesoría.
Lo que hacemos es asegurar que el dinero adicional que tú aportas se dirija a capital y no a intereses, ejerciendo un derecho que la ley ya te reconoce como deudor.
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